Micelio

Artículo 3

Ley 21 de 1989 · por la cual se crea la Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación y se fijan funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Oficina de Investigaciones Especiales, tendrá la siguiente planta de personal:

Parágrafo

El personal que se designe deberá reunir los requisitos y ejercerá las funciones previstas para cada cargo, en el Decreto 521 de 1971 y demás normas que lo complementan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 21 de 1989