Lineamientos para proyectos de inversión en infraestructura, dotación y suministros de instituciones de salud pública en el ámbito territorial. En los casos que las entidades territoriales manifiesten su interés en la aplicación de la condonación de recursos con destinación para su uso en proyectos de inversión en infraestructura, dotación y suministros de instituciones de salud pública en su ámbito territorial, estos proyectos deberán cumplir los siguientes lineamientos: 1.Acreditar que el proyecto inversión cuenta con el concepto técnico de viabilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 164 de la Ley 2294 de 2023. 2.Certificar la fuente de los recursos que destinará al proyecto, que como mínimo corresponda al saldo de la deuda no restituida publicada por la ADRES en el marco del artículo 2.3.2.6.2 del presente decreto. 3.Certificar que los recursos, equivalentes a la deuda con la Nación, serán ejecutados en un término no superior a los cuatro (4) años, contados desde la expedición de la Ley 2294 de 2023.
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