Micelio

Artículo 7

º

Decreto 1150 de 2003 · por medio del cual se reglamenta parcialmente el Capítulo V de la Ley 788 de 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Producción a través de terceros . Para efectos de lo previsto en el artículo 52 de la Ley 788 de 2002, cuando un departamento ejerza el monopolio de producción a través de contratos con terceros, se entenderá como productor al departamento contratante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1150 de 2003