Lineamientos y directrices para la implementación. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expedirá en un plazo máximo de doce (12) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de las presentes secciones de información forestal, los lineamientos y directrices relacionados con el las áreas temáticas, la tipología de la información, las características, diseño metodológico y estadístico, las variables e indicadores y un programa de aseguramiento del control de calidad, entre otras, para el funcionamiento del SNIF, IFN y SMBYC.
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