º . Los gravámenes fijados en el artículo anterior regirán durante cuatro meses contados a partir de la publicación del presente decreto. Una vez cumplido dicho plazo, a las subpartidas mencionadas en el artículo 1º les corresponderán los gravámenes establecidos en los Decretos 255 de 1992 y 151 de 1993.
Decreto 1819 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1819 de 1994 · por el cual se hace uso de la autorización conferida por la Resolución 352 de la Junta del Acuerdo de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.