Micelio

Artículo 2

Aclárase La Leyenda Del Ordinal 6°), Del Artículo 9419 De Presupuesto De Funcionamiento Del Ministerio De Salud Pública, En El Sentido De Que No Se Trata Del "asilo De Indigentes San Juan De Dios", De Tunja, Sino Del "asilo De San José", De Dicha Ciudad

Decreto 470 de 1963 · Por el cual se hacen unas aclaraciones al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Aclárase la leyenda del ordinal 6°), del artículo 9419 de presupuesto de funcionamiento del Ministerio de Salud Pública, en el sentido de que no se trata del "Asilo de Indigentes San Juan de Dios", de Tunja, sino del "Asilo de San José", de dicha ciudad. Está aclaración debe tenerse en cuenta para el pago del auxilio para la misma entidad incluido en el Presupuesto de 1962.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 470 de 1963