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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1965: Presupuesto De Funcionamiento

Decreto 3229 de 1965 · por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1965 (Congreso, Departamento Administrativo de Planeación y Ministerio de Gobierno), por $ 473.500.00.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1965: Presupuesto de Funcionamiento. Contracréditos. Congreso Nacional. CAPITULO 031 Programa I. Senado de la República. Gastos generales. 105-111. Articulo 0007. Compra de equipo $ 45.000.00 Programa II. Cámara de Representantes. 105-111. Artículo 0022. Compra de equipo 41.000.00 106-111. Artículo 0327. Impresos y publicaciones 109.000.00 Departamento Administrativo de Planeación. CAPITULO 021 Departamento Administrativo de Planeación. Programa I. Dirección del Departamento. Servicios personales. 101-111. Artículo 0202. Gastos de representación 5.500.00 Gastos generales. 106-111. Artículo 0205. Viáticos y gastos de viaje 3.000.00 Ministerio de Gobierno. CAPITULO 102 Divisiones Técnicas. Programa I. Administración, y fomento de los Territorios Nacionales. Transferencias. 205-540. Artículo 1042. Para prestaciones sociales pendientes del extinguido Plan de Rehabilitación del Huila, durante los años de 1958, 1959 y 1960 270.000.00 Suman los contracréditos $ 473.500.00 Créditos. Congreso Nacional. CAPITULO 001 Programa I. Senado de la República. Gastos generales. 106-111. Artículo 0010. Servicios públicos 45.000.00 Programa II. Cámara de Representantes. Servicios personales. 101-111. Artículo 0018. Trabajos adicionales para el Presupuesto 150.000.00 Departamento Administrativo de Planeación. CAPITULO 021 Departamento Administrativo de Planeación. Programa V. División de Comercio Exterior. Gastos generales. 106-111. Artículo 0225. Viáticos y gastos de viaje 8.500.00 Ministerio de Gobierno. CAPITULO 103 División Administrativa. Programa II. Servicios. Generales. Transferencias. 205-540. Artículo 1082. Calamidades públicas. $ 270.000.00 Suman los créditos $ 473.500.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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