En casos de afecciones del hígado, por: a) Telangiectasis, formación de quistes, cálculos biliares, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso del hígado; b) Degeneración del hígado (cirrosis), degeneración parenquimatosa, degeneración adiposa o amiloide, se permite la aprobación de la canal y las vísceras menos el hígado; c) Infiltración adiposa, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso del hígado; d) Hepatitis de naturaleza infecciosa, tóxica, parasitaria o no específica, dependiendo del estado general del animal y la etiología, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso del hígado; e) Quistes parasitarios, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial del hígado, en caso de que la afección esté localizada. Para las partes no afectadas se podría otorgar aprobación condicional para tratamiento por calor; f) Necrosis bacteriana reciente, se permite la aprobación condicional de la canal y las vísceras para tratamiento por calor y se hará el decomiso parcial del hígado; g) Abscesos hepáticos
Abscesos embólicos asociados con infecciones umbilicales recientes y con abscesos traumáticos del bazo, se hará el decomiso total de la canal y las vísceras.
Abscesos encapsulados, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial de los órganos afectados. h) Necrosis similar del hígado en los terneros, se hará el decomiso total.