Micelio

Artículo 4

Los Giros Que Haga El Tesorero Municipal Con Cargo A La Expresada Cuenta, Deberán Ser Visados Por El Ingeniero Designado Por El Ministerio De Obras Públicas Para Dirigir Las Obras

Decreto 1147 de 1938 · Por el cual se reglamentan los artículos 2° a 5° de la Ley 6ª de 1937

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los giros que haga el Tesorero Municipal con cargo a la expresada cuenta, deberán ser visados por el ingeniero designado por el Ministerio de Obras Públicas para dirigir las obras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1147 de 1938