Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1480 de 1994 · por el cual se reglamenta el servicio de radiodifusión sonora

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las concesiones se otorgarán con arreglo a los principios de transparencia, economía, responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa, la Ley 80 de 1993 y los criterios que se establecen a continuación

1.

Modalidad y clase de la emisora.

2.

Ubicación y altura del sistema irradiante, debidamente autorizado por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

3.

Calidad, tecnología y características técnicas de los equipos.

4.

Potencia de operación.

5.

Patrón de radiación del sistema irradiante y definición de las zonas de servicio y protección.

6.

Frecuencia de enlace entre estudios y transmisores.

7.

Capacidad financiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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