Micelio

Artículo 13

Delegación De Funciones De Control Fiscal V – Régimen Administrativo Del Departamento

Decreto 2274 de 1991 · por el cual se dictan normas tendientes a asegurar la debida organización y funcionamiento de las entidades territoriales erigidas como departamentos en la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTÍCULO

13. Delegación de funciones de control fiscal . Para el ejercicio de la función de control fiscal que deba cumplirse en lugares apartados de la cabecera municipal, el Auditor Regional o el Contralor Departamental, en su caso, podrá delegar su cumplimiento, mediante resolución motivada, en otros funcionarios fiscales cuando la naturaleza de los asuntos no exija su presencia. Para el caso de las divisiones departamentales, se delegará en los presidentes de las respectivas Juntas Administradoras. V – RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL DEPARTAMENTO.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2274 de 1991