Micelio

Artículo 3

El Ministerio De Guerra, Por Medio De Resoluciones, Podrá Reconocer El 25 Por 100 De Sobresueldo, Durante Cualquier Tiempo, Al Personal Que Sea Destinado En Comisiones Especiales A Las Regiones Y Guarniciones Ya Determinadas

Decreto 708 de 1935 · Por el cual se adiciona el artículo 1o del Decreto 964 de 1934, y se derogan los artículos 4o y 5o del Decreto 623 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministerio de Guerra, por medio de Resoluciones, podrá reconocer el 25 por 100 de sobresueldo, durante cualquier tiempo, al personal que sea destinado en comisiones especiales a las regiones y guarniciones ya determinadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 708 de 1935