Micelio

Artículo 2

Los Avalúos Catastrales De Los Predios Rurales No Formados Y Formados Con Vigencia De 1° De Enero De 2011 Y Anteriores, Se Reajustarán A Partir Del 1° De Enero De 2012 En Tres Punto Cero Por Ciento (3,0%)

Decreto 4922 de 2011 · por el cual se determinan los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2012.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y formados con vigencia de 1° de enero de 2011 y anteriores, se reajustarán a partir del 1° de enero de 2012 en tres punto cero por ciento (3,0%).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4922 de 2011