El Gobierno Nacional construirá y establecerá en los Municipios de Puente Nacional (Santander), Cañasgordas (Antioquia), y Guaduas (Cundinamarca), escuelas normales rurales para varones, de orientación agrícola. Los fondos destinados a darle cumplimiento a este artículo, se tomarán de las partidas globales que se apropien en el Ministerio de Educación pública, para fines análogos o mediante la apertura de créditos correspondientes.
Ley 111 de 1943 →Vigente
Artículo 1
Ley 111 de 1943 · Por la cual se dispone el establecimiento de unas normales rurales para varones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.