Por Lo Que Respecta A La Enseñanza Comercial Y De Índole Técnica, Corresponde A La Inspección Nacional: A) Velar Porque Los Institutos Docentes Que Aspiren Al Reconocimiento Oficial De Los Certificados O Títulos Que Expidan O A1 Pago De Las Subvenciones Nacionales En Los Casos A Que Hubiere Lugar, Cumplan Los Requisitos Señalados Para Los Colegios De Segunda Enseñanza Y Con El Misino Objeto Por Los Decretos Números 2108 Y 2214 De 1935, Y De Las Resoluciones Que Para El Caso Dicten Las Entidades Respectivas, Y B) Por La Correcta Inversión De Los Auxilios Nacionales Que Los Establecimientos De Esta Índole Reciban Como Beneficio Del Estado
Decreto 620 de 1936 · Por el cual se reglamentan las funciones de los Inspectores Nacionales de Educación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Por lo que respecta a la enseñanza comercial y de índole técnica, corresponde a la Inspección Nacional
a)
Velar porque los institutos docentes que aspiren al reconocimiento oficial de los certificados o títulos que expidan o a1 pago de las subvenciones nacionales en los casos a que hubiere lugar, cumplan los requisitos señalados para los colegios de segunda enseñanza y con el misino objeto por los Decretos números 2108 y 2214 de 1935, y de las resoluciones que para el caso dicten las entidades respectivas, y
b)
Por la correcta inversión de los auxilios nacionales que los establecimientos de esta índole reciban como beneficio del Estado.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.