° La Policía Nacional, por intermedio de la Oficina de Radio-Control del Departamento de Inmigración y Extranjería, y de acuerdo con el Ministerio de Correos y Telégrafos, procederá a decomisar todas las estaciones radiodifusoras o elementos destinados a ellas, en el caso de que los respectivos propietarios no hayan llenado las formalidades de que habla el artículo 13 del Decreto número 2190 de 1941.
Decreto 792 de 1944 →Vigente
Artículo 1
La Policía Nacional, Por Intermedio De La Oficina De Radio-Control Del Departamento De Inmigración Y Extranjería, Y De Acuerdo Con El Ministerio De Correos Y Telégrafos, Procederá A Decomisar Todas Las Estaciones Radiodifusoras O Elementos Destinados A Ellas, En El Caso De Que Los Respectivos Propietarios No Hayan Llenado Las Formalidades De Que Habla El Artículo 13 Del Decreto Número 2190 De 1941
Decreto 792 de 1944 · Por el cual se dictan alunas medidas sobre radiodifusión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.