Micelio

Artículo 3

El Prefecto Del Cuerpo Auxiliar Del Órgano Judicial, Los Inspectores Del Comercio De Oro, Los Jefes De Las Oficinas De Control De Cambios Y Exportaciones Y Los Administradores De Las Casas De Moneda Tendrán El Carácter De Funcionarios De Instrucción, Con Jurisdicción En Todo El Territorio Nacional, Y Podrán, Como Tales, Instruir Sumarios Por Infracción De Las Disposiciones Sobre Control De Oro, Cambios Y Exportaciones Cometidas En Cualquier Lugar De La República

Decreto 328 de 1938 · Por el cual se dictan disposiciones sobre control de oro, cambio y exportaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Prefecto del Cuerpo Auxiliar del Órgano Judicial, los Inspectores del Comercio de Oro, los Jefes de las Oficinas de Control de Cambios y Exportaciones y los Administradores de las Casas de Moneda tendrán el carácter de funcionarios de instrucción, con jurisdicción en todo el territorio nacional, y podrán, como tales, instruir sumarios por infracción de las disposiciones sobre control de oro, cambios y exportaciones cometidas en cualquier lugar de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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