°. El Prefecto del Cuerpo Auxiliar del Órgano Judicial, los Inspectores del Comercio de Oro, los Jefes de las Oficinas de Control de Cambios y Exportaciones y los Administradores de las Casas de Moneda tendrán el carácter de funcionarios de instrucción, con jurisdicción en todo el territorio nacional, y podrán, como tales, instruir sumarios por infracción de las disposiciones sobre control de oro, cambios y exportaciones cometidas en cualquier lugar de la República.
Artículo 3
El Prefecto Del Cuerpo Auxiliar Del Órgano Judicial, Los Inspectores Del Comercio De Oro, Los Jefes De Las Oficinas De Control De Cambios Y Exportaciones Y Los Administradores De Las Casas De Moneda Tendrán El Carácter De Funcionarios De Instrucción, Con Jurisdicción En Todo El Territorio Nacional, Y Podrán, Como Tales, Instruir Sumarios Por Infracción De Las Disposiciones Sobre Control De Oro, Cambios Y Exportaciones Cometidas En Cualquier Lugar De La República
Decreto 328 de 1938 · Por el cual se dictan disposiciones sobre control de oro, cambio y exportaciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.