Art 1.° Concédese del Tesoro nacional y por una sola vez, una recompensa de diez mil pesos ($10,000), á las señoritas Luisa Tulia, Ana Rosa y Ana Canal.
Dicha suma se considerará incluída en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Ley 124 de 1896 · por la cual se concede una recompensa y se mandan pagar otras decretadas por la Corte Suprema de Justicia
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art 1.° Concédese del Tesoro nacional y por una sola vez, una recompensa de diez mil pesos ($10,000), á las señoritas Luisa Tulia, Ana Rosa y Ana Canal.
Dicha suma se considerará incluída en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.