Sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar, para la imposición de las sanciones a que se refiere el artículo anterior se seguirá el procedimiento que establece el Código Nacional de Policía.
Decreto 1741 de 1978 →Vigente
Artículo 12
Sin Perjuicio De Las Acciones Civiles Y Penales A Que Hubiere Lugar, Para La Imposición De Las Sanciones A Que Se Refiere El Artículo Anterior Se Seguirá El Procedimiento Que Establece El Código Nacional De Policía
Decreto 1741 de 1978 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1973, el Decreto-ley 2811 de 1974 y los Decretos 2349 de 1971 y 133 de 1976, en lo relacionado con la creación de una Area de Manejo Especial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.