Micelio

Artículo 39

Características Y Condiciones De La Leche En Polvo Descremada

Decreto 2437 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a Producción, Procesamiento, Transporte y Comercialización de la Leche

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Características y condiciones de la leche en polvo descremada . La leche en polvo descremada, deberá tener las siguientes características

a)

Fisico-químicas: Humedad: máximo 5% mlm. Materia grasa: máximo 1.5% m/m. Acidez expresada como ácido láctico:1.4 a 1.7% m/m. Indice de solubilidad máximo 2.0 cm 3. Impurezas macroscópicas: máximo 22.5 mg. norma o disco. Socio (Na): máximo 0.55% m/m como constituyente natural. Potasio (K) máximo 1.80% m/m como constituyente natural. Ceniza máximo 8.2%. m/m.

b)

Condiciones especiales; No debe estar adicionada de monoglicéridos, diglicéridos o lecitina. Ausencia de sustancias tales como adulterantes, preservativos, sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos. Para residuos de plaguicidas se tendrán en cuenta normas oficiales de carácter nacional o en su defecto las normas Internacionales FAO, OMS, u otras adoptadas por el Ministerio de Salud. CAPITULO V. De las plantas para higienización y pulverización

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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