º. Las características de los cuarteles tipo de clima frío, consistirán, principalmente, en las de ser abrigados, con los dormitorios y demás habitaciones provistos de estufas o de un sistema de calefacción sencillo y económico. Las del tipo de clima cálido o templado, consistirán en la mayor amplitud de las puertas y ventanas; notable elevación de los techos; ventilación de los dormitorios y demás habitaciones por medio de poderosos abanicos eléctricos; muros interiores y pisos lavables. Será condición indispensable para ambos tipos de cuarteles que estén provistos de agua en abundancia y que las letrinas, sean completamente asépticas. En todo caso, en lo relativo a condiciones higiénicas los planos respectivos serán consultados con la Dirección Nacional de Higiene o con las Direcciones Departamentales.
Decreto 731 de 1927 →Vigente
Artículo 4
Las Características De Los Cuarteles Tipo De Clima Frío, Consistirán, Principalmente, En Las De Ser Abrigados, Con Los Dormitorios Y Demás Habitaciones Provistos De Estufas O De Un Sistema De Calefacción Sencillo Y Económico
Decreto 731 de 1927 · Por el cual se reglamenta la Ley 59 de 1926, sobre construcción y terminación de edificios para cuarteles
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.