El Gerente General es el funcionario principal de Puertos de Colombia, su representante legal y agente del Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción; tendrá voz pero no voto en la Junta Directiva y voz y voto en las Juntas Administradoras Locales, las cuales presidirá.
Decreto 730 de 1971 →Vigente
Artículo 16
El Gerente General Es El Funcionario Principal De Puertos De Colombia, Su Representante Legal Y Agente Del Presidente De La República, De Su Libre Nombramiento Y Remoción; Tendrá Voz Pero No Voto En La Junta Directiva Y Voz Y Voto En Las Juntas Administradoras Locales, Las Cuales Presidirá
Decreto 730 de 1971 · Por el cual se aprueban los Estatutos de Puertos de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.