Son obligaciones de las sociedades de los Terminales de Trans p orte Terrestre
Obtener de la Junta Nacional de Terminales, la aprobación de los planos de construcción y presupuesto de la obra del proyecto a realizar.
Obtener permiso de funcionamiento del Terminal, expedido por la Junta Nacional de Terminales.
Contratar por sí misma el personal idóneo para el servicio del Terminal.
Asegurar la prestación de los servicios propios del Terminal.
Elaborar un Manual de Operación del Terminal y someterlo a la aprobación de la Junta Nacional de Termi nales. f)Suministrar a la Junta Nacional de Terminales, la información que ésta solicite. g) Elaborar un Manual de Contabilidad y someterlo a la aprobación de la Junta Nacional de Terminales. h) Elaborar un Manual de Funcionamiento del Terminal, con funciones a nivel de cargo y de unidad de trabajo y someterlo a la aprobación de la Junta Nacional de Terminales. i) Elaborar un manual de presupuesto. j) Prestar sin interrupción los servicios propios de los terminales dentro de las rutas y horarios establecidos por el Intra para las empresas transportadoras. k) Facilitar al Intra los medios adecuados para el desempeño de sus funciones, relacionados con la operación de terminales de Transporte CAPITULO V Control de Operación, Funcionamiento y Recursos.