Micelio

Artículo 1

Para Llenar Las Ausencias Temporales A Que, Por Razón De Su Ministerio Diocesano, Se Vea Obligado El Vocero Titular Del Episcopado, Monseñor Luis Pérez Hernández Así Como Para Llenar Las De Su Suplente, Monseñor Félix Henao Botero, Residente En Medellin, Designados Ambos Por Decreto Número 2272 De 1947 (Julio 10), Nómbrase Para El Mismo Periodo A Monseñor José Vicente Castro Silva, Miembro Supernumerario Del Consejo Superior Permanente De Educación Nacional

Decreto 821 de 1948 · Por el cual se adiciona el Decreto número 2272 de 1947 (julio 10)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para llenar las ausencias temporales a que, por razón de su ministerio diocesano, se vea obligado el vocero titular del Episcopado, Monseñor Luis Pérez Hernández así como para llenar las de su suplente, Monseñor Félix Henao Botero, residente en Medellin, designados ambos por Decreto número 2272 de 1947 (julio 10), nómbrase para el mismo periodo a Monseñor José Vicente Castro Silva, miembro supernumerario del Consejo Superior Permanente de Educación Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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