Micelio

Artículo 8

Decreto 557 de 1957 · Que reglamenta el registro de pesticidas destinados al servicio de la agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo . Las persona a cuyo favor se verifique el registro de los productos de que se trata este Decreto, están en la obligación de suministrar a la sección de Sanida vegetal los nombres y direcciones de los distribuidores u expendedores minoritarios de los productos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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