Durante la vigencia de la licencia de exploración, el interesado deberá delimitar y amojonar la zona que haya escogido para explotar en concesión. Tal amojonamiento se hará por medio de mojones de piedra o de concreto debidamente marcados, colocados en cada uno de los vértices del polígono y en los puntos medios entre vértice y vértice. Dichos mojones deberán colocarse de manera que permitan su fácil reconocimiento y al mismo tiempo den seguridad de estabilidad. Sea que el punto arcifinio se encuentre o no en el perímetro del área que se ha de amojonar, el levantamiento de los linderos y de la línea de enlace, si la hay, se debe realizar por cualquiera de los métodos empleados en topografía y cuyo error de cierre máximo sea dé 1:2.500. Con el informe se presentará la cartera de campo correspondiente, la memoria técnica explicativa, el cálculo de coordenadas y el plano topográfico que se refieran al trabajo de campo y a la localización de los mojones. En caso de que se vaya a explotar toda la zona explorada, el amojonamiento se hará en forma tal que determine claramente cada una de las áreas que correspondan a cada uno de los contratos de concesión a que haya lugar. Con todo, si las áreas, objeto de los contratos de concesión son continuas, el amojonamiento se podrá hacer sólo en los linderos que no sean comunes dichas áreas. Cuando se trate de amojonar una zona que colinde en uno o más lados con una u otras ya amojonadas con la aprobación del Ministerio de Minas y Energía, solamente se exigirá la colocación de los mojones en los linderos no comunes.
Decreto 2477 de 1986 →Vigente
Artículo 51
Durante La Vigencia De La Licencia De Exploración, El Interesado Deberá Delimitar Y Amojonar La Zona Que Haya Escogido Para Explotar En Concesión
Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.