° Encárgase á la Policía Nacional de la guardia y custodia los establecimientos de castigo cuyo servicio no pueda hacerse con otro Cuerpo de la fuerza pública.
Decreto 400 de 1911 →Vigente
Artículo 1
Encárgase Á La Policía Nacional De La Guardia Y Custodia Los Establecimientos De Castigo Cuyo Servicio No Pueda Hacerse Con Otro Cuerpo De La Fuerza Pública
Decreto 400 de 1911 · Por el cual se crea una División en la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.