ARTICULO 18. COMPATIBILIDAD CON LAS PRESTACIONES SOCIALES. - Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14 del presente Decreto, el pago de la indemnización o bonificación es compatible con el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales a que tenga derecho el empleado público o el trabajador oficial retirado.
Decreto 2137 de 1992 →Vigente
Artículo 18
Compatibilidad Con Las Prestaciones Sociales
Decreto 2137 de 1992 · Por el cual se reestructura el instituto colombiano de la reforma agraria -INCORA-
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.