"para atender al pago de auxilios dispuestos por leyes preexistentes, según distribución que hará el Gobierno por decreto separado" hacese la siguiente distribución: Capítulo 131, articulo 2752. Ordinal 1): Para los damnificados sísmicos ocurridos en Tuquerres, en los años de 1935 y 1936, Ley 115 de 1936, y por entrega hecha por el Instituto de Crédito Territorial según Decretos números 1286 y 1600 de 1955 $ 40.000.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 2109 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2109 de 1955 · Por el cual se distribuye una apropiacion
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.