Micelio

Artículo 37

El Treinta (30) De Junio Y El Treinta Y Uno (31) De Diciembre De Cada Año, Se Cortarán Las Cuentas De La Empresa Se Harán El Balance General E Inventario Y Se Liquidarán Las Operaciones Correspondientes Al Ejercicio Que Termina

Decreto 2056 de 1947 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El treinta (30) de junio y el treinta y uno (31) de diciembre de cada año, se cortarán las cuentas de la Empresa se harán el balance general e inventario y se liquidarán las operaciones correspondientes al ejercicio que termina. En el presente año el corte de cuentas y el balance general e inventario solamente se harán el treinta y uno de diciembre. CAPÍTULO X Liquidación de la Empresa.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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