Micelio

Artículo 1

Distribuyese La Partida De Cuarenta Y Cinco Mil Pesos, Apropiada En El Capítulo 107, Artículo 1946 Del Presupuesto Nacional Vigente, En La Siguiente Forma Para Las Obras De Arreglo E Higienización De Los Castillos De Bocachica, En La Bahía De Cartagena, De Que Trata El Artículo 8° De La Ley 5 De 1940, $ 25

Decreto 1455 de 1946 · Por el cual se reglamentan los artículos 8° y 9° de la Ley 5ª de 1940

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Distribuyese la partida de cuarenta y cinco mil pesos, apropiada en el Capítulo 107, artículo 1946 del Presupuesto Nacional vigente, en la siguiente forma para las obras de arreglo e higienización de los castillos de Bocachica, en la bahía de Cartagena, de que trata el artículo 8° de la Ley 5 de 1940, $ 25.000; para cubrir el aporte de la Nación a la conservación y embellecimiento de los monumentos históricos de Cartagena, según el artículo 5° de la Ley 32 de 1924, y el artículo 10 de la Lye 5ª de 1940, $ 20.000.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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