Cuando Los bienes muebles cuyo embargo se ha decretado constituyen el ajuar de la casa de habitación del deudor, se le dejan a éste en calidad de secuestro, previniéndole que se hace responsable de su conservación bajo las sanciones del Código Penal.
Ley 105 de 1931 →Vigente
Artículo 1007
Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.