º . El presente decreto rige desde la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2000. ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis.
Decreto 109 de 2000 →Vigente
Artículo 2
Decreto 109 de 2000 · Por el cual se delega en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación la modificación al Contrato de Empréstito Externo BID 1075\OC-CO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.