Se presume que ha existido temeridad o mala fe en los siguientes casos:
Cuando sea manifiesta la carencia de fundamento legal de la demanda, excepción, recurso, oposición o incidente, o a sabiendas se aleguen hechos contrarios a la realidad.
Cuando se aduzcan calidades inexistentes.
Cuando se utilice el proceso, incidente o recurso para fines claramente ilegales o con propósitos dolosos o fraudulentos.
Cuando se obstruya, por acción u omisión, la práctica de pruebas.
Cuando por cualquier otro medio se entorpezca el desarrollo normal y expedito del proceso.
Cuando se hagan transcripciones o citas deliberadamente inexactas.