Micelio

Artículo 984

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la misma demanda ejecutiva se puede pedir que previamente se decrete el reconocimiento del documento, el requerimiento para constituir en mora al deudor, o la notificación a éste del TITULO o la cesión del crédito.

Si en la demanda se pide que, una vez reconocido el documento, el Juez dicte el mandamiento ejecutivo, sin dejar ausentar al deudor, así se procede, y dictado el auto, se le notifica a éste y se practican las diligencias ejecutivas de que habla el artículo 999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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