Artículo veintiocho . Cuando las necesidades lo aconsejen, se podrán establecer Agencias Especiales, Ambulantes o a Tiempo Parcial. Estas agencias serán desempeñadas por los técnicos de las Secciones de Colocaciones, en constante movilidad.
Decreto 1666 de 1966 →Vigente
Artículo 28
Decreto 1666 de 1966 · por el cual se crea la Dirección Nacional del Empleo y Recursos Humanos, y se fijan sus funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.