Del derecho a ingresar a la Carrera Administrativa. Tiene derecho a ingresar en la Catrera Administrativa todos los funcionarios que ocupen empleos de carrera en el Ministerio de Salud, en los Servicios Seccionales de Salud, en las Unidades Regionales de Salud y en las entidades adscritas al Sistema y oue hayan cumplido con todos los requisitos para su inscripción. No podrán inscribirse en la Carrera Administrativa quienes reúnan los requisitos para gozar pensión de jubilación, invalidez, vejez, ni los inscritos en otras cañeras con excepción de la docente.
Decreto 1468 de 1979 →Vigente
Artículo 193
Del Derecho A Ingresar A La Carrera Administrativa
Decreto 1468 de 1979 · Por el cual se reglamenta el decreto 694 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.