Micelio

Artículo 3

El Presente Decreto Regirá A Partir De La Fecha En Que Las Repúblicas De Colombia Y El Salvador Se Intercambien Notificaciones En Las Que Se Certifique Que Han Cumplido Con Sus Respectivos Procedimientos Legales Internos Para La Entrada En Vigor De La Decisión Número 15 Suscrita El 26 De Agosto De 2015 Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias

Decreto 1688 de 2016 · por el cual se modifica el Decreto 4388 de 2009, con el fin de dar cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia con El Salvador en virtud del Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de la República de Colombia y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente Decreto regirá a partir de la fecha en que las Repúblicas de Colombia y El Salvador se intercambien notificaciones en las que se certifique que han cumplido con sus respectivos procedimientos legales internos para la entrada en vigor de la Decisión número 15 suscrita el 26 de agosto de 2015 y deroga las normas que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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