Vencido este término, el expediente pasará al conocimiento del Ministerio de Fomento, el cual previo concepto del Consejo de Política Económica y Planeación, podrá imponer las siguientes sanciones:
Retiro de las acciones del mercado público de valores;
Prohibición de funcionamiento de la empresa para el caso de reincidencia en la violación de esta Ley.
Además de estas sanciones, y de conformidad con la gravedad de los hechos, podrá imponer multas hasta de quinientos mil pesos (500.000.00) a favor del Tesoro Nacional.