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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto, De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1980

Decreto 1358 de 1980 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1980 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Agricultura, Trabajo y Seguridad Social, y Obras Públicas y Transporte) por $ 297.666.000

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto, de Gastos para la vigencia fiscal de 1980. CONTRA CREDITOS Presupuesto de funcionamiento. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 2 Dirección General de Impuestos Nacionales. Servicios personales. CAPITULO. 7 Dirección General de Servicios Administrativos CAPITULO 10 Superintendencia de Control de Cambios Gastos generales. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. CAPITULO 1 Dirección Superior. Gastos generales. CAPITULO 2 Dirección General del Trabajo. Gastos generales. CAPITULO 4 Dirección General Servicio Nacional de empleo. Transferencias. Presupuesto de Inversión. Ministerio de Agricultura. CAPITULO 07 Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras. PROGRAMA 311 Desarrollo de la Investigación y Producción Agrícola. Inversión indirecta. PROGRAMA 411 Servicios de la deuda y fastos de transferencia. Inversión indirecta PROGRAMA 412 Otras inversiones no clasificables previamente. Inversión indirecta. Ministerio de Obras Públicas y Transporte. CAPITULO 11 Fondo Vial Nacional. PROGRAMA 381 Construcción, reconstrucción de carreteras, troncales y otras. Inversión directa. CREDITOS Presupuesto de funcionamiento. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 2 Dirección General do Impuestos Nacionales. Servicios personales. CAPITULO 7 Dirección General de Servicios Administrativos. Transferencias. CAPITULO. 10 Superintendencia de Control de Cambios. Servicios personales Gastos generales Transferencias. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios personales. CAPITULO 2 Dirección General del Trabajo: Servicios personales. CAPITULO 3 Dirección General de la Seguridad Social. Servicios personales CAPITULO 4 Dirección General Servicio Nacional de Empleo. Servicios personales. CAPITULO 5 Dirección General Administrativa. Servicios personales. Ministerio de Obras Públicas y Transporte. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios personales. CAPITULO 2 Relaciones Industriales. Servicios personales. CAPITULO 3 Administración Comercial y Financiera. Servicios personales CAPITULO 4 Inmuebles Nacionales. Servicios personales CAPITULO 5 Estudios y construcción de carreteras. Servicios personales. CAPITULO 6 Conservación de carreteras nacionales. Servicios personales. CAPITULO 7 Obras hidráulicas y transporte fluvial. Servicios personales. CAPITULO 8 Valorización y peaje. Servicios personales. Presupuesto de Inversión. Ministerio de Agricultura, CAPITULO. 7 Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras. PROGRAMA 311 Desarrollo de la Investigación y Producción Agrícola. Inversión indirecta. PROGRAMA 312 Hidrología y Meteorología. Inversión indirecta, PROGRAMA 412 Otras inversiones no clasificables previamente. Inversión indirecta.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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