Micelio

Artículo 1

Presupuesto De Funcionamiento,

Ley 77 de 1961 · Por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1961 (Ministerio de Agricultura)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1961, con base en el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 10 de 1961, expedido por la Contrataría General de la República:

Presupuesto de funcionamiento,

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Contracréditos.

División de Extensión Agropecuaria,

PROGRAMA IV

Extensión Agropecuaria.

Servicios personales.

Presupuesto de inversión

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Contracréditos.

Coordinación Ejecutiva.

PROGRAMA I

Zonas Agropecuarias.

Servicios personales.

División de Ganadería.

PROGRAMA I

Sanidad Pecuaria.

Servicios personales.

Presupuesto de inversión .

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Créditos.

División de Ganadería.

PROGRAMA I

Sanidad Portuaria,

Servicios personales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 77 de 1961