Artículo noveno. La contribución de valorización de que trata la Ley 25/21 y el Decreto 1604 de 1966 es aplicable a todas las obras públicas que ejecute la Corporación, previa declaración en tal sentido por la Junta Directiva con sujeción a sus estatutos. Corresponderá a las autoridades de la Corporación y a las dependencias que determine la Junta Directiva, establecer, decretar, distribuir, ejecutar, recaudar y liquidar las obras de valorización.
Ley 27 de 1982 →Vigente
Artículo 9
Ley 27 de 1982 · por la cual se crea la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo e Integración de Nariño y Putumayo y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.