°. El contrato quedará perfeccionado con la declaración del Consejo de Estado de que se ajusta a las disposiciones legales, y desde la fecha de ejecutoria de dicha providencia empezara a correr el término señalado en el artículo 2º, letra a) de este Decreto.
Decreto 331 de 1953 →Vigente
Artículo 5
El Contrato Quedará Perfeccionado Con La Declaración Del Consejo De Estado De Que Se Ajusta A Las Disposiciones Legales, Y Desde La Fecha De Ejecutoria De Dicha Providencia Empezara A Correr El Término Señalado En El Artículo 2º, Letra A) De Este Decreto
Decreto 331 de 1953 · Por el cual se reglamenta el Decreto extraordinario número 365 bis de 1951
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.