Artículo primero. El producto de los Recursos del Crédito incorporado en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la actual vigencia, numerales 152, por $ 750.000.00; 155, por $ 1.300.000.00; 156, por $ 1.750.000.00, y 157, por $ 1.500.000.00, o sea un total de $5.300.000.00, se aplicará a la construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras nacionales, según distribución que hará el Gobierno, con cargo al Capítulo 117 artículo 1580, del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas.
Decreto 1322 de 1951 →Vigente
Artículo 1580
, Del Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas
Decreto 1322 de 1951 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre emisión de documentos de Deuda Pública Interna
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.