Micelio

Artículo 26

Ley 11 de 1984 · Por la cual se reforman algunas normas de los Códigos Sustantivo y Procesal del Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 6°. de la Ley 22 de 1977 , quedará así:

"A partir de la vigencia de la presente Ley y sin perjuicio de los recursos ya interpuestos en ese momento, en materia laboral solo serán susceptibles del recurso de casación los negocios cuya cuantía sea equivalente al monto de cincuenta (50) veces el salario mínimo mensual más alto vigente".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 11 de 1984