Micelio

Artículo 5

º Los Procesos En Los Que La Demanda Hubiese Sido Presentada Antes De La Vigencia Del Presente Decreto, Continuarán Tramitándose De Acuerdo Con La Competencia Establecida En La Ley 2º De 1984

Decreto 522 de 1988 · Por el cual se modifica las cuantías en materia civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los procesos en los que la demanda hubiese sido presentada antes de la vigencia del presente Decreto, continuarán tramitándose de acuerdo con la competencia establecida en la Ley 2º de 1984.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 522 de 1988