Micelio

Artículo 3

Las Cuotas De Contribución De Papel Sellado Y Estampillas De Timbre Nacional Serán Las Que Determina La Siguiente Tarifa (S Quiere Decir Que Se Necesita Papel Sellado; C, Papel Común; En La Segunda Columna Se Anota El Valor De La Estampilla Que Se Pone Á Cada Hoja; En La Tercera, Que Se Necesita En Proporción Del Valor Del Documento Ó Acto, Y En La Cuarta, El Valor Fijo De Las Estampilla, Cuando Se Requiera)

Decreto 32 de 1906 · Sobre impuesto de timbre nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las cuotas de contribución de papel sellado y estampillas de timbre nacional serán las que determina la siguiente TARIFA (S quiere decir que se necesita papel sellado; C, papel común; en la segunda columna se anota el valor de la estampilla que se pone á cada hoja; en la tercera, que se necesita en proporción del valor del documento ó acto, y en la cuarta, el valor fijo de las estampilla, cuando se requiera). 1°. No quedan libres de la contribución dentro de las enumeraciones de la tarifa sino los actos y documentos que ella indique expresamente con tal carácter, lo mismo que los particulares, establecimientos, entidades y compañías á quienes por contrato se hayan eximido del impuesto, y los que por este decreto se eximen. 2°. Las cantidades de dinero mencionadas en la tarifa se entenderá que son en moneda legal de oro; y cuando se quiera saber la cuota de contribución de papel sellado y timbre nacional que corresponde a una suma en papel moneda, se convertirá ésta en oro al cambio del 10.000 por 100, para buscar luego en la tarifa la cuota aplicable al caso. 3°. En los lugares donde circule legalmente la moneda de plata el precio del papel sellado y de las estampillas será, cuando el pago se haga en esta moneda, el doble del que se señala en la tarifa, ó sea dos centavos plata por cada centavo oro. El Poder Ejecutivo queda autorizado para modificar esta relación entre el oro y la plata según las fluctuaciones de ésta en el mercado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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