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Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1966: Presupuesto De Funcionamiento

Decreto 2956 de 1966 · por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1966. (Ministerios de Gobierno y Hacienda y Deuda Pública Nacional), por $ 11.000.000.00.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1966: Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Gobierno. CAPITULO 103 Rama Administrativa, Programa 167. Servicios generales. Transferencias 106-150 -211. Artículo 1075-B-l, Para entregar al Tesorero del Departamento del Tolima, como compensación por los gastos hechos por dicha entidad, por razones de orden público. $ 4.000.000.00 106 - 150 - 211. Artículo 1975-B-2. Para entregar al Tesorero del Departamento del Huila, como compensación por los gastos hechos por dicha entidad, por razones de orden público. $ 2.500.000.00 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 0254 Financiamiento. Programa 253. Financiamiento a cargo del Ministerio 203 - 520 - 411.Articulo 2645. Participación imporrenta Bolívar y Córdoba $ 4.500.000.00 Súmanlos créditos $ 11.000.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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