Micelio

Artículo 8

El Proyecto Para El Fomento Y Desarrollo De Las Ciencias Y Tecnologías Del Mar - Fondemar, De Colciencias, Proveerá A La Comisión Colombiana De Oceanografía Los Recursos Presupuestales Necesarios Para Su Adecuando Funcionamiento

Decreto 415 de 1983 · Por el cual se reestructura la Comisión Colombiana de Ocenografia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El proyecto para el Fomento y Desarrollo de las Ciencias y Tecnologías del Mar - FONDEMAR, de COLCIENCIAS, proveerá a la Comisión Colombiana de Oceanografía los recursos presupuestales necesarios para su adecuando funcionamiento. El Secretario General elaborará un proyecto de presupuesto anual que será presentado al Consejo Nacional de Oceanografía y a FO'NDEMAR, oportunamente. Corresponderá al Consejo Nacional de Oceanografía establecer la reglamentación y estatutos que regirán la estructura y operación de la Comisión Colombiana de Oceanografía y sus Organos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 415 de 1983