Solicitud de Permiso de pesca y de acuicultura. Toda persona natural y las jurídicas colombianas, deberán obtener permiso para ejercer la actividad pesquera y de la acuicultura, mediante la presentación de solicitud que contenga los datos y requisitos que, para cada caso, establezca la AUNAP, o quien haga sus veces.
Si el solicitante fuere persona natura" extranjera deberá acreditar su calidad de residente en el país, salvo los casos de pesca de investigación y pesca deportiva que señala esta Parte.
Si el solicitante fuere persona jurídica extranjera, se le podrá otorgar el permiso de pesca de investigación o de pesca deportiva de que tratan los artículos 2.16.5.2.5.2. y 2.16.5.2.6.1. de este decreto, para lo cual deberán acreditar su existencia y representación legal e identificar las personas naturales que constituyan el equipo investigador o recreativo.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.16.5.2.1. Solicitud de Permiso. Toda persona natural y las jurídicas colombianas podrán solicitar permiso para ejercer la actividad pesquera, mediante la presentación de solicitud que contenga los datos y requisitos que, para cada caso, establezca la Aunap.
Si el solicitante fuere persona natural extranjera deberá acreditar su calidad de residente en el país, salvo los casos de pesca de investigación y pesca deportiva que señala esta Parte. Si el solicitante fuere persona jurídica extranjera, se le podrá otorgar el permiso de pesca de investigación o de pesca deportiva de que tratan los artículos 2.16.5.2.5.2. y 2.16.5.2.6.1. de este decreto, para lo cual deberán acreditar su existencia y representación legal, constituir un apoderado que asuma la representación de la persona jurídica e identificar las personas naturales que constituyan el equipo de investigador o deportivo.
(Decreto número 2256 de 1991, artículo 53)
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